La Escuela
Pionera en América del Sur brinda atención integral a niños y jóvenes con discapacidad motriz y trastornos asociados.
Creada en 1941, sustentada principalmente con Aportes del Estado, Empresas, Socios y Colaboradores particulares, brinda sus servicios en forma gratuita.
Ubicada en Montevideo en la zona del Prado, en un predio de 8.000 metros cuadrados, y 2500 metros cuadrados construidos, dispone de la infraestructura necesaria para la atención de niños y jóvenes.
La
Asociación Nacional Para el Niño Lisiado es una institución privada, fundada el 17 de noviembre de 1941, con personería
jurídica otorgada por el Poder Ejecutivo el 19 de Marzo
de 1945: lleva adelante la obra que se realiza en la Escuela Franklin
D. Roosevelt.
Dirigida por
un Consejo Directivo Honorario, apoyado por un Consejo Técnico, y avalado por
una Comisión Fiscal, tiene como principal objetivo el de atender al niño que
sufra una invalidez física, congénita o adquirida en los aspectos terapéuticos,
educacional y en cuanto sea posible profesional.
Su fin
específico es la rehabilitación y la habilitación del niño con discapacidad
motriz y/o trastornos asociados. En otras palabras: la recuperación del niño
con las características enunciadas, a la más completa utilidad física, mental,
vocacional, social y laboral de que pueda ser capaz.
Su acción
sin fines de lucro, se desarrolla fuera de toda discriminación de raza,
nacionalidad e ideología política o religiosa.
Esta
Institución cumple con lo establecido en :
-
“Declaración Universal de los Derechos del Hombre”
Los
artículos 3, 22 y 25 entre otros, son una prueba de la aprobación mundial en
torno al derecho de todos los hombres al goce de una vida plena y de seguridad
personal
- “Carta de Derechos de la Infancia
aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas”.
El principio
No. 5 establece: “El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún
impedimento social, debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado
especial, que requiere su caso particular”.
En lo que se
refiere a la Asociación y de acuerdo con estos conceptos, la rehabilitación o
habilitación se considera como derecho de todo niño que presente una
discapacidad motriz y/o trastornos asociados- a beneficiarse de cuantos
recursos técnicos puedan contribuir para lograr su ingreso o reingreso a la
sociedad, de acuerdo con sus posibilidades, en un mundo hecho por y para los no
discapacitados.
En suma la
Institución cumple con los principios básicos que definen el proceso de
rehabilitación:
·
La
evaluación de la discapacidad en todos sus aspectos;
·
Proceso
educacional y terapéutico;
·
La
incorporación del rehabilitado a la sociedad.